LIBRE DISPOSICION DE LOS FONDOS DE DETRACCIONES PARA LAS MYPES.

LIBRE DISPOSICION DE LOS FONDOS DE DETRACCIONES PARA LAS MYPES.




El Congreso de la República promulgó la Ley Nº 31903, mediante la cual se estableció que las micro y pequeñas empresas (mypes) que cumplan ciertos límites anuales de ventas (1) pueden solicitar la libre disposición de los montos depositados y acumulados en sus cuentas de detracciones del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), siempre que cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:

1) La solicitud debe presentarse, por única vez, desde 1 de noviembre del 2023 hasta el 31 de enero del 2024, mediante “SUNAT Operaciones en Línea”.

2) La solicitud debe comprender el saldo acumulado en la cuenta de detracciones hasta la fecha de la solicitud de liberación de fondos, incluyendo todas las cuentas de detracciones de las mypes y por todos los conceptos, incluso la cuenta especial - IVAP.

NOTA:  El MEF tiene hasta el 15 de noviembre para publicar la reglamentación.


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