LEY DE JOVEN EMPRESARIO


LEY DE JOVEN EMPRESARIO 


La Ley del Joven Empresario es el nombre que lleva la reciente normativa promulgada por el Congreso en El Peruano y que establece beneficios para aquellos jóvenes que hayan constituido sus propias empresas. No obstante, pese al nombre, la ley en su mayoría considera incentivos para que las empresas contraten a jóvenes entre 18 y 29 años.

La ley permite a las empresas que tributan en el Régimen General y también del Mype Tributario deducir de sus impuestos un adicional equivalente al 50 % del salario que pague al nuevo trabajador. El beneficio es aplicable para los ejercicios 2024 y 2025. Sin embargo, dicha deducción aplica siempre que el nuevo trabajador sea contratado bajo las siguientes condiciones:

  • Tener entre 18 y 29 años
  • No debe haber contado con empleo en planilla por al menos 12 meses previos a su contratación.
  • Su remuneración no debe superar los S/1.700 y su contrato debe ser de un mes como plazo mínimo.

El contrato de dichos trabajadores debe aplicarse a partir del 1 de enero del 2024, según la ley. Por otro lado, esta define también beneficios para aquellos jóvenes que hayan constituido empresas.

BENEFICIOS PARA JOVENES QUE HAYAN CONSTITUIDO EMPRESAS

En los procesos de contrataciones de las entidades públicas, las empresas constituidas por jóvenes entre 18 y 29 años tienes una bonificación de puntaje adicional de 5% en la propuesta técnica.

Se autoriza al ministerio de economía otorgar CODIFE en una línea de financiamiento para la creación de un fondo orientado a financiar los emprendimientos liderados por jóvenes entre 18 años y 29 años, con tasas de interés preferencial.

Se autoriza al ministerio de la producción a suscribir convenios con las entidades de certificación autorizadas con el Indecopi o Reniec a efectos de facilitar la constitución simplificada de la sociedad por acciones cerrada simplificada (SACS) para los jóvenes empresarios.



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