Asiento Contable Robo de Activo Fijo

La empresa fue víctima de robo de activo fijo, por el cual se realizaron las denuncias respectivas. La empresa CONSTRUFER SAC sufrió el robo de cinco laptops cuyo valor en libros es de S/ 20,000 soles. Adicionalmente, tiene una depreciación acumulada de S/ 8,000 soles.

        ¿Cómo se realiza el asiento contable frente un robo de activo fijo? 



Finalmente, si la empresa obtendría una indemnización de seguro por el robo de las laptops, este se registraría como un ingreso con la cuenta 759 Otros Ingresos de Gestión, el pago de impuesto a la renta dependerá si cumple con los requisitos de DAÑO EMERGENTE (Las indemnizaciones que están gravadas con el impuesto a la renta son las que constituyen beneficio empresarial - (Informe N.º 042-2018-SUNAT/7T0000)), LUCRO CESANTE (Si una empresa percibe un ingreso por indemnización que no implica resarcir un daño emergente o la indemnización se excede del costo computable del bien dañado y no se usa para la reposición del bien).

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SUNAT PUBLICARÁ LISTADO DE EMPRESAS FACHADA

Junta de decanos aconseja a las compañías y los gestores tributarios a seleccionar adecuadamente a sus proveedores de bienes y servicios.

Estas empresas, precisó, aunque están registradas como emisoras de comprobantes de pago, carecen de los recursos necesarios para llevar a cabo las operaciones que facturan.

COMPROBANTES

La medida se aplicará a los comprobantes de pago y documentos complementarios emitidos a partir del 20 de marzo del 2022. Antes de hacer pública esta información, se llevará a cabo una investigación que permitirá a los contribuyentes refutar la situación imputada.

La institución explicó que las listas con las empresas se publicarán mensualmente en la página web de la Sunat y en el Diario Oficial El Peruano a partir de este año, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1532 y su reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 319-2023-EF. Esta normativa entró en vigor el 1° de enero del 2023.

la principal consecuencia para las empresas que adquieren bienes y/o servicios a entidades calificadas como sujetos sin capacidad operativa es la pérdida del derecho a deducir crédito fiscal en el impuesto general a las ventas (IGV) y costo o gasto en el impuesto a la renta (IR) respecto de las adquisiciones y contratación de servicios con los SSCO.

PROCEDIMIENTO

De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1532, la SUNAT podrá iniciar el procedimiento de atribución de la condición de SSCO cuando, mediante una verificación de campo y de sus fuentes de información –incluida aquella que provenga de entidades privadas o públicas o de cruces de información–, detecte que un determinado sujeto se encuentra comprendido en diversas situaciones.

Entre esta figura que no cuente con infraestructura o bienes; que carezca de activos; y/o no tenga personal, o estos no resulten idóneos para efectuar las operaciones por las que se emiten los comprobantes de pago o los documentos complementarios. Se suma cualquier otra situación objetiva que evidencie que el sujeto no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos u otros, o que estos no resultan idóneos para las citadas transacciones, recalca la norma.

PRESENTACIÓN

Mediante carta, la SUNAT presentará a su agente fiscalizador y comunicará el inicio del procedimiento, y en el requerimiento detallará las situaciones detectadas en la verificación de campo, así como en lo comprobado por sus fuentes de información, a fin de que el sujeto, dentro de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha en que surte efecto la notificación, presente los medios probatorios que desvirtúen cada una de las situaciones comunicadas.

El plazo antes indicado se prorrogará por única vez y de manera automática por cinco días hábiles adicionales, siempre que el sujeto presente la solicitud de prórroga con una anticipación no menor a tres días hábiles anteriores al vencimiento del plazo señalado.

De incumplirse el plazo para pedir la prórroga, la solicitud se considerará no presentada, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente sustentada.

EVALUACIÓN DE PRUEBAS

La SUNAT, en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de ocurrido el vencimiento del tiempo para presentar los medios probatorios o de su prórroga, de corresponder esta última, evaluará esos medios probatorios y, de ser el caso, podrá hacer una nueva verificación de campo y/o de sus fuentes de información.

Realizada la evaluación de los medios probatorios, así como de los resultados de la verificación de campo y de sus fuentes de información, la SUNAT, bajo responsabilidad, notificará el resultado del requerimiento dentro del plazo señado.

Así, en la notificación se consignará que se desvirtuaron cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, culminándose este con esa notificación.

En caso contrario, se establecerá que no se desvirtuaron cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, por lo que se emitirá y notificará dentro de ese plazo la resolución de atribución de la condición de SSCO.


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Gerente General Recibos por Honorarios


 

RTF N.º 17031-5-2011


Las funciones de dirección (como es la gerencia general) no implican por sí mismas la existencia de una relación laboral, pues estas pueden brindarse bajo un contrato de servicios de naturaleza civil, por lo que no existe impedimento legal para la emisión de recibos por honorarios profesionales que acredite la percepción de rentas de cuarta categoría por el cumplimiento de funciones de asesoría en calidad de gerente general de una empresa.

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Se puede pedir devolución del Crédito Fiscal

Una persona natural con negocio desea dar de baja su negocio

¿Puede solicitar la devolución del Crédito Fiscal que tiene a la fecha?

No es posible, poder solicitar la devolución del crédito fiscal obtenido, motivado por una baja del negocio,

El artículo 25 de la Ley del Impuesto General a las Ventas menciona:

 

 Artículo 25.- CRÉDITO FISCAL MAYOR AL IMPUESTO BRUTO: Cuando en un mes determinado el monto del crédito fiscal sea mayor que el monto del Impuesto Bruto, el exceso constituirá saldo a favor del sujeto del Impuesto. Este saldo se aplicará como crédito fiscal en los meses siguientes hasta agotarlo.

La norma antes mencionada, indica que el saldo a favor debe agotarse, no dando opción a devolución.

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ITAN no aplicado como crédito

¿Qué puedo hacer con el saldo de ITAN no aplicado de ejercicios anteriores?

En el escenario que no has solicitado la devolución del crédito de ITAN, así como tampoco has compensado con el impuesto a la renta, puedes optar por la compensación con otro tributo.

 

Como señala, la RTF N.º 03885-8-2021 de observancia obligatoria establece:

Si bien la normatividad aplicable al Impuesto Temporal a los Activos Netos, no permite la compensación automática del saldo no utilizado del referido impuesto contra otras deudas tributarias distintas a los pagos a cuenta y al pago de regularización del Impuesto a la Renta, ello no implica una prohibición para que la Administración efectúe dicha compensación a pedido de parte, de acuerdo con lo previsto por el Artículo 40 del Código Tributario.

En consecuencia, podrás compensar el ITAN pagado de un ejercicio no prescrito.  

Por ejemplo, si tienes un crédito ITAN del ejercicio 2020, aún podrías solicitar la compensación, debido a que dicho crédito aún no ha prescrito.

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¿EXISTE UN PLAZO MÁXIMO PARA EMITIR UNA NOTA DE CRÉDITO?

No existe ningún límite de tiempo para emitir una nota de crédito o nota de débito.

Ello tipificado en el numeral 13 del Artículo 5 del reglamento de IGV:

 

13. DESCUENTOS

Los descuentos que se concedan u otorguen no forman parte de la base imponible, siempre que:

a) Se trate de prácticas usuales en el mercado o que respondan a determinadas circunstancias tales como pago anticipado, monto, volumen u otros;

b) Se otorguen con carácter general en todos los casos en que ocurran iguales condiciones;

c) No constituyan retiro de bienes; y

d) Conste en el comprobante de pago o en la nota de crédito respectiva.

Hemos mencionado que no existe un plazo para emitir una nota de crédito, pero con la llegada de las notas de crédito electrónicas (SEE-SOL), se “IMPLEMENTARON” plazos para cierto tipo de operaciones y estos pueden variar dependiendo del sistema de emisión electrónica.

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CONTABILIDAD

DEUDA PRICOS

  https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/listaContrib-mayorDeudaExigible-CC.html